Un tribunal alemán falla que Suno infringió derechos de autor en la demanda de GEMA

Un tribunal de Múnich determinó que el servicio de música con IA Suno infringió derechos de autor al memorizar obras musicales protegidas en sus datos de entrenamiento, y concedió a GEMA medidas de cesación, derecho de información e indemnización por daños y perjuicios.
Exterior of the Munich I Regional Court where GEMA's copyright lawsuit against AI music service Suno was decided. Exterior of the Munich I Regional Court where GEMA's copyright lawsuit against AI music service Suno was decided.

Un tribunal de Múnich falló que el servicio de música con IA Suno infringió derechos de autor al entrenar sus modelos con obras musicales protegidas, y concedió a la sociedad de gestión colectiva alemana GEMA medidas de cesación, derecho de información e indemnización por daños.

El fallo

La Sala Civil 42 del Tribunal Regional de Múnich I, presidida por la jueza Elke Schwager, concluyó que los modelos de Suno en sus versiones v3.5 y v4 contenían de forma reproducible seis obras musicales, entre ellas «Rasputin», «Daddy Cool» y «Mambo No. 5». GEMA había presentado grabaciones generadas al introducir una letra, un estilo musical y el título de la canción en la interfaz de instrucciones de Suno.

«El tribunal está convencido de que las piezas musicales en cuestión están contenidas de forma reproducible en los modelos de la demandada, versiones v3.5 y v4. Esos modelos estaban almacenados en servidores situados en Alemania», señaló el comunicado de prensa del tribunal.

El fallo confirmó que los datos de entrenamiento pueden quedar memorizados dentro de los modelos de IA y extraerse después como resultados generados. El tribunal sostuvo que la complejidad y la duración de las piezas descartaban el azar como causa de su reproducción.

Esto constituye una vulneración del derecho de reproducción según la ley alemana de derechos de autor. Al reproducir en Alemania los resultados infractores, Suno reprodujo y comunicó públicamente las obras de manera ilícita. El tribunal también consideró que el mero hecho de ofrecer el modelo y utilizarlo para generar música vulnera el derecho innominado de comunicación pública.

Medidas y próximos pasos

El tribunal estimó las pretensiones de cesación de GEMA, lo que en la práctica obliga a Suno a detener las actividades infractoras, además de la entrega de la información necesaria para calcular la indemnización. Suno puede recurrir la decisión ante una instancia superior, y su comunicado apunta a que podría hacerlo.

La respuesta de GEMA

El doctor Tobias Holzmüller, director ejecutivo de GEMA, afirmó que el fallo refuerza la posición de Europa como polo cultural y deja claro que los proveedores de IA deben obtener licencias.

«La creatividad humana es la base de toda IA generativa. Sin las personas, la inteligencia artificial no es nada. Hoy el tribunal lo dejó claro: los modelos de IA basados en el robo de propiedad intelectual no están amparados por la ley», dijo Holzmüller. «Los proveedores de IA deben adquirir licencias y no pueden usar gratuitamente las obras de nuestros miembros. Si los sistemas se operan en Europa, también se puede litigar ante tribunales europeos. Eso es decisivo para hacer cumplir la ley».

El doctor Kai Welp, director jurídico de GEMA, agregó que poder demandar en Múnich con independencia del lugar donde se realice el entrenamiento resulta alentador, pero que hará falta el respaldo del legislador europeo para evitar que los proveedores se trasladen a países con leyes de derechos de autor menos favorables.

La postura de Suno

Suno cuestionó el fallo y sostuvo que describe erróneamente cómo funciona su tecnología y cómo se aplica la ley estadounidense.

«Construimos Suno en torno a una convicción central: que todo el mundo pueda experimentar la alegría de hacer música. Nuestras herramientas permiten a la gente crear canciones nuevas, ya sean artistas de primer nivel, desarrolladores de producto, compositores que las integran en su flujo de trabajo o simples aficionados a la música», dijo un portavoz. «Desde el principio entrenamos nuestros modelos para crear canciones nuevas, no para reproducir las que ya existen, y añadimos protecciones a nuestra plataforma. No estamos de acuerdo con el fallo de hoy y estamos evaluando todas las opciones disponibles, incluida la apelación».

Un precedente previo

En noviembre de 2024, el mismo tribunal y la misma jueza fallaron que OpenAI había infringido derechos de autor al usar letras de canciones para entrenar ChatGPT. Aquella decisión abordó la distinción entre análisis y memorización, un concepto que el tribunal también aplicó en el caso de Suno.

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